El Ayuntamiento publica un bando que recoge las medidas y prohibiciones vigentes desde el 15 de marzo hasta el 15 de octubre

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El bando, firmado por el alcalde, prevé toda una serie de actuaciones preventivas y reactivas, ya que los índices de sequía son muy altos y los árboles secos y muertos son un combustible que arde con mucha facilidad

El Ayuntamiento de Badalona ha publicado un bando, que firma el alcalde de Badalona, para activar las medidas para prevenir incendios forestales en el término municipal con el objetivo de evitar que el fuego pueda afectar a los espacios naturales. Las medidas se aplicarán en el período comprendido desde el 15 de marzo hasta el 15 de octubre, ambos incluidos.

En la resolución se especifica que no estará permitido encender fuego para cualquier tipo de actividad, cualquiera que sea su finalidad, en los terrenos forestales, estén o no poblados de especies arbóreas, y en la franja de 500 metros que les rodee . El bando hace especial incidencia en la prohibición de:

  • Quemar rastrojos, márgenes y restos de aprovechamiento forestales, agrícolas o de jardinería.
  • Hacer fuegos de recreo. Queda excluida de la prohibición, y siempre dentro de las áreas recreativas y de acampada y en parcelas de las urbanizaciones, la utilización de los fogones de gas y de barbacoas de obra con matachispas.
  • Hacer fuego para actividades relacionadas con la apicultura.

También se remarca que no se pueden lanzar objetos encendidos; verter basura y restos vegetales industriales de cualquier tipo que puedan ser causa del inicio de un fuego; tirar cohetes, globos, fuegos artificiales u otros artefactos que contengan fuego y utilizar sopletes o similares en terrenos forestales.

Por otra parte, la prohibición se extiende a los trabajos que generen restos vegetales y sólo se autorizará con carácter muy excepcional, tanto el hecho de encender fuego como los trabajos forestales.

El Ban también recuerda que las edificaciones e instalaciones que no tengan una continuidad inmediata con la trama urbana y que estén situadas a menos de 500 m de terrenos forestales deben disponer de una zona de protección de 25 m de ancho a contar desde el perímetro exterior de las edificaciones; y disponer de una red de hidrantes de incendio de 100 mm de diámetro.

En el caso de las urbanizaciones que no tengan continuidad inmediata con la trama urbana también deben tener cuidado de mantener los viales, las zonas de acceso, y las cunetas limpias de vegetación seca; elaborar un plan de autoprotección que deberá incorporarse al plan municipal de actuación, de acuerdo con el Plan de emergencias para incendios forestales de Cataluña (INFOCAT), y las parcelas interiores no edificadas deben estar limpias de vegetación seca.

Colaboración ciudadana y aviso inmediato ante cualquier emergencia

En el bando, el alcalde hace un llamamiento «a la participación de todos los ciudadanos y ciudadanas en las tareas de prevención y vigilancia de los posibles incendios, así como en las de alarma urgente y de extinción si se produjeran». En este sentido, se recuerda que, aparte de intentar extinguir el incendio con toda urgencia si se tienen medios, siempre deberá avisarse inmediatamente al teléfono de emergencias 112.

La concejala de Medio Ambiente, Sònia Egea, se ha reunido con los propietarios de fincas que deben disponer de las franjas de protección perimetral de 25 metros de ancho para informarles del Ban, aclarar dudas de cómo realizar las franjas y trasladarles la necesidad de realizarlas lo antes posible, por el elevado riesgo de incendio.

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